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Ceder el paso al autobús es obligatorio: Una llamada a los conductores madrileños

Un autobús atrapado, un único objetivo: salir. Esta frase ilustra la nueva campaña de EMT para despertar la conciencia de muchos conductores madrileños que, inmersos en su estrés diario, olvidan que un modo colectivo de transporte siempre debe tener prioridad.

Los 2.000 autobuses municipales constituyen una pieza clave dentro del complejo puzzle de la movilidad madrileña. Son los encargados de transportar al año casi 430 millones de viajeros (lo que supone 1,5 millones diarios los laborables), funcionan sometidos a unos tiempos muy rigurosos con el fin de prestar un servicio de calidad a los ciudadanos y son la espina dorsal de toda ciudad moderna y sostenible. Si los vehículos particulares no les facilitan las cosas, el servicio de autobuses empeora y todos salimos perdiendo al final.

Esta nueva campaña – original, amable  y  muy visual – nos recuerda que hay que ceder siempre el paso al autobús obligatoriamente, como bien indica la señal de advertencia que se está colocando en la trasera de los autobuses de EMT.

No olvidemos nunca quién tiene preferencia y así evitaremos muchas situaciones de colapso cotidianas.

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ceda el paso 2
ceda el paso 2

 

19 enero, 2018 Destacado EMT Movilidad
46 Comments
Autobúscedercocheconductoresconvivenciapasoprioridadseguridad vial

Llegan los Reyes de Oriente

Avanzando hacia la ‘electrificación’ de la flota

  1. Jesús González 19 enero, 2018 a las 18:53 Responder

    Debían decir q también tienen preferencia los autobuses en las rotondas para entrar en ellas.
    Gracias

  2. Jesus 22 enero, 2018 a las 19:08 Responder

    No, señores, no. El autobús es un vehículo más y debe someterse a las mismas normas de circulación de todos. No tiene preferencia porque la EMT lo diga. Y menos para incorporarse; debe buscar el hueco, señalar las maniobras y respetar las distancias.
    Otra cosa distinta es la cortesía y amabilidad entre todos para facilitar las cosas; pero eso aplica a todos, incluidos los conductores de autobús.

    • EMTMadrid 23 enero, 2018 a las 8:51 Responder

      Según el artículo 44.8 de la Ordenanza de Movilidad:
      “Todo conductor deberá ceder el paso: A los autobuses de transporte público urbano de viajeros cuando inicien la marcha desde las paradas debidamente señalizadas.”

      • Guillermo Pérez 27 enero, 2018 a las 22:10 Responder

        Hagan el favor de no vender motos. La ordenanza de movilidad puede decir lo que el ayuntamiento considere y a vds les convenga, pero nunca estará por encima del reglamento general de circulación, y éste es claro: hay que facilitar la incorporación de autobuses pero eso no les da preferencia. De ahí su amable pegatina dando las gracias, ¿verdad?

    • Dani 28 enero, 2018 a las 12:51 Responder

      Artículo 73 del código de circulacion

    • José Manuel 5 febrero, 2020 a las 14:42 Responder

      Es por ley, no por cortesia

      • Pedro 2 febrero, 2024 a las 11:25 Responder

        Tenemos un problema, y es que no leemos todo lo que dice la norma. La prioridad de paso en las incorporaciones de vehículos de transporte colectivos de viajeros es cuando necesiten desplazarse saliendo desde una parada señalizada (art. 73.1 y 2); pero siempre sin ocasionar situaciones de riesgo a otros conductores (art.73.3). Y por último las ordenanzas en orden jerárquico de ley no pueden estar por encima de la LSV, ni del Reglamento General de Circulación.

    • Yo 18 septiembre, 2020 a las 0:47 Responder

      Léase el artículo creo 72 o 73 del código de circulación.

    • JC 14 junio, 2021 a las 13:29 Responder

      Lo dice la DGT amigo.

    • Ricardo 20 junio, 2023 a las 7:48 Responder

      Lo dice el código de circulación. Ceder el paso siempre q sea posible. Pero confundimos posible con cuando me de la gana. Falta educación vial y somos muy hipócritas. Quien no tiene un familiar mayor o hijo o mujer q usa el transporte público como medio a su trabajo, colegio, médico, etc, etc.
      Falta civismo cada vez mas

    • dario 11 octubre, 2023 a las 22:50 Responder

      El reglamento general de la circulación obliga a los conductores a facilitar la maniobra de incorporación, llegando incluso a detenerse si fuera necesario cuando se trate de un transporte colectivo de viajeros que se incorpora desde una parada.

    • Ruben 16 enero, 2024 a las 16:14 Responder

      La ignorancia es atrevida Jesús, la próxima vez infórmese

      • Jesus 21 marzo, 2025 a las 8:06 Responder

        Lo atrevido es comentar aquí sin saber. Que se deba facilitar la maniobra no da la preferencia ni la prioridad. Un autobús no es una ambulancia, sino un vehículo más que tiene que cumplir las normas. Y el vehículo que se incorpora SIEMPRE debe ceder el paso.

  3. Jesús 23 enero, 2018 a las 16:20 Responder

    El código de circulación está para lo que está. La ordenanza de movilidad no puede inventarse normativas que vayan en contra.
    Los autobuses deben incorporarse a la circulación cumpliendo las normas, como cualquier otro vehículo.

    • Mariusz Henryk Radajczyk 1 febrero, 2018 a las 8:11 Responder

      Creo sinceramente que ya se te ha olvidado el codigo de circulacion. Si lo miras bien encontraras que un bus saliendo de una parada señalizada tiene preferencia. Otra cosa es la cortesia que a dia de hoy muy pocos la tienen. Solo hay gente borde y mucho listo en la carretera. Mucho fitipaldi

    • dario 11 octubre, 2023 a las 22:50 Responder

      El reglamento general de la circulacion lo contempla

  4. Jesus 24 enero, 2018 a las 0:38 Responder

    El codigo de circulación está para lo que está, y la ordenanza de movilidad no puede inventarse normas porque sí. Un autobús es un vehículo más y debe respetar las mismas normas; en concreto, debe ceder el paso al incorporarse a la circulación.

    • Mariusz Henryk Radajczyk 1 febrero, 2018 a las 8:13 Responder

      ARTÍCULO 73. Obligación de los demás conductores de facilitar la maniobra
      1. Con independencia de la obligación de los conductores de los vehículos que se incorporen a la circulación de cumplir las prescripciones del artículo anterior, los demás conductores facilitarán, en la medida de lo posible, dicha maniobra, especialmente si se trata de un vehículo de transporte colectivo de viajeros, que pretende incorporarse a la circulación desde una parada señalizada (artículo 27 del texto articulado).
      2. En los poblados, con el fin de facilitar la circulación de los vehículos de transporte colectivo de viajeros, los conductores de los demás vehículos deberán desplazarse lateralmente, siempre que fuera posible, o reducir su velocidad, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 53, llegando a detenerse, si fuera preciso, para que los vehículos de transporte colectivo puedan efectuar la maniobra necesaria para proseguir su marcha a la salida de las paradas señalizadas como tales.
      3. Lo dispuesto en el número anterior no modifica la obligación que tienen los conductores de vehículos de transporte colectivo de viajeros de adoptar las precauciones necesarias para evitar todo riesgo de accidente, después de haber anunciado por medio de sus indicadores de dirección su propósito de reanudar la marcha.

      • Victor 13 enero, 2020 a las 9:36 Responder

        Se debe facilitar dicha maniobra si sabes leer y eso no incluye lo que veo a diario de autobuses kamikaze que se meten por narices creando peligros y molestias y sin ceder nunca el paso que es su obligación.

      • Pedro 2 febrero, 2024 a las 15:17 Responder

        Así es!!. Pero el problema es que los conductores de vehículos de transporte colectivo de viajeros, se creen que siempre que se desplacen, incluso saliéndose de su carril específico, tienen preferencia, Y NO ES ASÍ, sólo cuando lo realicen desde paradas señalizadas.

    • Yo 18 septiembre, 2020 a las 0:52 Responder

      Tienen obligación los demás vehículos de reducir la velocidad e incluso detenerse, cuando un autobús intenta incorporarse desde una parada, claro está que dicha incorporación no ha de causar peligro alguno a los demás vehículos.

  5. Javi 27 enero, 2018 a las 18:53 Responder

    JESÚS MAJO ECHA UN OJO AL CÓDIGO DE CIRCULACIÓN

    ARTÍCULO 73. Obligación de los demás conductores de facilitar la maniobra
    1. Con independencia de la obligación de los conductores de los vehículos que se incorporen a la circulación de cumplir las prescripciones del artículo anterior, los demás conductores facilitarán, en la medida de lo posible, dicha maniobra, especialmente si se trata de un vehículo de transporte colectivo de viajeros, que pretende incorporarse a la circulación desde una parada señalizada (artículo 27 del texto articulado).
    2. En los poblados, con el fin de facilitar la circulación de los vehículos de transporte colectivo de viajeros, los conductores de los demás vehículos deberán desplazarse lateralmente, siempre que fuera posible, o reducir su velocidad, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 53, llegando a detenerse, si fuera preciso, para que los vehículos de transporte colectivo puedan efectuar la maniobra necesaria para proseguir su marcha a la salida de las paradas señalizadas como tales.
    3. Lo dispuesto en el número anterior no modifica la obligación que tienen los conductores de vehículos de transporte colectivo de viajeros de adoptar las precauciones necesarias para evitar todo riesgo de accidente, después de haber anunciado por medio de sus indicadores de dirección su propósito de reanudar la marcha.

    • Mariusz Henryk Radajczyk 1 febrero, 2018 a las 8:12 Responder

      Si señor por lo menos un conductor que se sabe el reglamento de circulaciin. Bravo

    • Jesús 16 marzo, 2018 a las 10:24 Responder

      Veo que hay mucho listo capaz de copiar y pegar adecuadamente, pero sin detenerse a leer lo que pone.
      ¿Dónde se dice que FACILITAR otorgue la preferencia?
      También hay que facilitar la incorporación de vehículos en una autopista, pero eso no da la preferencia al que se incorpora; debe poner el intermitente y buscar el hueco. Y lo mismo en otras situaciones similares.

  6. Mario 27 enero, 2018 a las 22:32 Responder

    El código de la circulación lo específica ( creo que es el artículo 27) FACILITAR la salida de los autobuses.
    Eso no significa que no se deba ceder el paso si el vehículo está ya metido en tu zona pero tampoco acelerar para no dejarle salir, es decir algo tan básico como APLICAR EL SENTIDO COMUN.

  7. enrique 28 enero, 2018 a las 21:28 Responder

    Del código de circulación.
    ARTÍCULO 73. Obligación de los demás conductores de facilitar la maniobra
    1. Con independencia de la obligación de los conductores de los vehículos que se incorporen a la circulación de cumplir las prescripciones del artículo anterior, los demás conductores facilitarán, en la medida de lo posible, dicha maniobra, especialmente si se trata de un vehículo de transporte colectivo de viajeros, que pretende incorporarse a la circulación desde una parada señalizada (artículo 27 del texto articulado).
    2. En los poblados, con el fin de facilitar la circulación de los vehículos de transporte colectivo de viajeros, los conductores de los demás vehículos deberán desplazarse lateralmente, siempre que fuera posible, o reducir su velocidad, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 53, llegando a detenerse, si fuera preciso, para que los vehículos de transporte colectivo puedan efectuar la maniobra necesaria para proseguir su marcha a la salida de las paradas señalizadas como tales.
    3. Lo dispuesto en el número anterior no modifica la obligación que tienen los conductores de vehículos de transporte colectivo de viajeros de adoptar las precauciones necesarias para evitar todo riesgo de accidente, después de haber anunciado por medio de sus indicadores de dirección su propósito de reanudar la marcha.

  8. Christiand 29 enero, 2018 a las 13:20 Responder

    Aunque se penalice con cárcel o pena de muerte siempre habrá garrulos que no lo respeten, para ellos la ley siempre es interpretable pero a su favor claro.

  9. Mihai 29 enero, 2018 a las 21:16 Responder

    Entonce todos los autobuses tienen derecho a parar en las paradas de la EMT y también derecho a incorporarse com ellos ,pero si nosotros como otra empresa de trans.Viajeros si paramos en la parada de EMT nos multan. TODOS TRANSPORTAMOS PERSONAS .

  10. Antonio 30 enero, 2018 a las 7:22 Responder

    Con tanto conocimientos, no me extraña los cafres que hay conduciendo por Madrid. No es que no sepan la obligación de ceder el paso al bus; si no que tampoco saben un montón de señales (giros prohibidos, circular carril bus, parar u estacionar en paradas bus, ir con el móvil), y tantas y tantas infracciones que cometen los sabios del código; a ver si Carmena por fin se decide y prohíbe la circulación en un radio amplio de Madrid.

    • Hugo 30 enero, 2018 a las 22:33 Responder

      Dado que te permites denominarnos cafres y pareces tener que ver con la conducción de autobuses en la EMT, te hago una pregunta: si la incorporación a la circulación de un autobús es una maniobra tan legal, correcta y permitida, ¿por qué nunca la declaráis así cuando causáis los accidentes que causáis? Está por verse el primero de vosotros que cuente uno de vuestros accidentes como realmente ocurre, o eso o es que en realidad los autobuses nunca salen de sus paradas

  11. Juan Antonio 30 enero, 2018 a las 9:47 Responder

    Mirar ni códigos ni reglamentos estamos discutiendo entre todos así no se arregla nada este país cada vez a peor,no tenemos mentalidad ni estamos enseñados a llevar un pais de transporte publico y urbano,cada uno va a lo suyo,un autobús de transporte de viajeros sobre todo los urbanos,llevan muchas personas de pie y personas muchas mayores y hay coches que hacen frenar a los autobuses a posta,es increíble vaya tela te lo digo por experiencia profesional y lo que menos hay hoy en día en España es cortesía,eso que significa,por eso solo ver como se discuten estas cosas así, me da mucho que pensar,al autobús le deberían de tratar con mucho mimo porque así nos iría a todos mucho mejor un saludo

  12. Fernando 30 enero, 2018 a las 14:00 Responder

    Buenas. Independientemente de ordenanzas a las que siempre tenemos que recurrir para querer tener razón, existe el sentido común. Un autobús traslada personas, entre ellas algunas en carritos de bebé, en sillas de ruedas y sonre todo personas mayores. Estas últimas, que podrían ser nuestros padres, tios o abuelos, son los que menos estabilidad tienen. Yo sólo pido que no miremos al autobús como un obstáculo que nos va a hacer perder el tiempo. Si los coches no nos facilitan la salida hay veces que no puedes salir si no es haciendo frenar a alguien, con el consiguiente insulto de personas sin educación. Gracias a todos los que colaborais con nosotros y a los demás también.

    • Jesús 16 marzo, 2018 a las 10:28 Responder

      Precisamente, por ser un vehículo voluminoso y con viajeros, deben extremar la precaución y ser conscientes de lo que conducen; por eso tienen un carnet especial.

  13. victor Manuel sanvhez 30 enero, 2018 a las 23:16 Responder

    Mucho cafre a las manos de esos turismos q no facilitan la labor de muchos mas de buses azules,verdes y coloraos q no se dan cuenta q si no fueran x estos ellos no circularían en su “parcelita particular con ruedas” y estarían todo el día de atasco en atasto,aun mayor…..y el q lo consiente y lo permite ……los mismos cafres.

  14. José Pérez 4 febrero, 2018 a las 12:06 Responder

    En que artículo del código de circulación viene eso reflejado??

  15. Juan L 7 marzo, 2018 a las 21:38 Responder

    NO ES OBLIGATORIO CEDER EL PASO. TIENEN PREFERENCIA. Su preferencia termina en lo que tu estimes aplicar el artículo 53.

    Artículo 72. Obligaciones de los conductores que se incorporen a la circulación
    1. El conductor de un vehículo parado o estacionado en una vía o procedente de las vías de acceso a ésta, de sus zonas de servicio o de una propiedad colindante, que pretenda incorporarse a la circulación, deberá cerciorarse previamente, incluso siguiendo las indicaciones de otra persona en caso necesario, de que puede hacerlo sin peligro para los demás.

    ARTÍCULO 73. Obligación de los demás conductores de FACILITAR la maniobra
    1. Con independencia de la obligación de los conductores de los vehículos que se incorporen a la circulación de cumplir las prescripciones del artículo anterior (ART.72), los demás conductores FACILITARAN, en la medida DE LO POSIBLE dicha maniobra, especialmente si se trata de un vehículo de transporte colectivo de viajeros, que pretende incorporarse a la circulación desde una parada señalizada (artículo 27 del texto articulado).
    2. EN POBLADOS con el fin de facilitar la circulación de los vehículos de transporte colectivo de viajeros, los conductores de los demás vehículos deberán desplazarse lateralmente, siempre que FUERA POSIBLE, o reducir su velocidad, dando CUMPLIMIENTO a lo dispuesto en el ARTÍCULO 53, llegando a detenerse, si fuera preciso (RESPETANDO ART..53), para que los vehículos de transporte colectivo puedan efectuar la maniobra necesaria para proseguir su marcha a la salida de las paradas señalizadas como tales.
    3. Lo dispuesto en el número anterior no modifica la OBLIGACION que tienen los conductores de vehículos de transporte colectivo de viajeros de adoptar las precauciones necesarias para evitar todo riesgo de accidente, después de haber anunciado por medio de sus INDICADORES DE DIRECCION su propósito de reanudar la marcha.

    NO ES OBLIGATORIO CEDER EL PASO. TIENEN PREFERENCIA. Su preferencia termina en lo que tu estimes aplicar el artículo 53.

    Si fuera obligatorio cederle el paso todo el mundo se lo cedería en cuanto pusiera su indicador de dirección ya que a “alguna minoría” les importa poco llevarse por delante a un coche sí éste está obligado a cederle el paso. Y los coches no sé iban a jugar el golpe de un autobús.

    Bien cierto es que nadie se preocupa de cederles el paso también.

    Ahora bien, que esta campaña de la EMT además de ser engañosa, pretende ganar más terreno del que realmente NI posee y con ese cartel que no le da ni para la salida de sus paradas ademas hacerse hueco a través de la circulación.

  16. Juan L 7 marzo, 2018 a las 21:47 Responder

    La campaña me gusta, el texto es falso.
    “Ceder el paso al autobús, tiene preferencia.”

    No es obligatorio

  17. Juan L 7 marzo, 2018 a las 21:52 Responder

    Art. 53 del Reglamento General de Circulación: Reducción de Velocidad

    Salvo en caso de inminente peligro, todo conductor, para reducir considerablemente la velocidad de su vehículo, deberá cerciorarse de que puede hacerlo sin riesgo para otros conductores

    • EMTMadrid 9 marzo, 2018 a las 9:59 Responder

      Según la Ordenanza de Movilidad de Madrid:
      Artículo 44.
      Todo conductor deberá ceder el paso:
      …
      8. A los autobuses de transporte público urbano de viajeros cuando inicien la marcha desde las paradas debidamente señalizadas.
      En todo caso, los conductores deberán adoptar las medidas adecuadas para ceder el paso y no deberán iniciar o continuar su marcha o maniobra si ello obliga al vehículo con prioridad a modificar bruscamente su dirección o velocidad.

      • Jesús 16 marzo, 2018 a las 10:20 Responder

        Insistiendo en la cabezonería.
        El código de circulación está para lo que está y la ordenanza de movilidad no puede inventarse normativas que vayan en contra. Los autobuses deben incorporarse a la circulación cumpliendo las normas, como cualquier otro vehículo.
        Que el resto de conductores deban facilitarle la maniobra no le da la preferencia.
        Y precisamente por ser un vehículo de grandes dimensiones y con viajeros debe ser él quien extreme las precauciones.

        • Dioni 3 marzo, 2020 a las 23:18 Responder

          Te respondo desde canarias y el codigo de circulacion es el mismo, ceder el paso incluso aminorando la marcha, de primaria en autoescuela para el b

  18. Daniel 31 mayo, 2019 a las 14:12 Responder

    Un eslogan que es falso, mentira. No tiene PREFERENCIA un bus al salir de una parada.

  19. Roferna 18 enero, 2020 a las 1:36 Responder

    Pues no cedais el paso en las salidas de parada a los buses ,perfecto,
    pero procurar llevar un buen seguro a todo riesgo en vuestro vehículo x que en estos casos las compañías de seguro lo tienen pero que muy claro .

  20. jam 26 junio, 2020 a las 8:47 Responder

    Esto no tiene discusión ni recorrido el Código de circulación está muy por encima de una ordenanza municipal, sea de madrid o de alcaudete. A ver si encima de tener un carril para ellos solitos además tenemos que hacerles una reverencia cuando les salga a ellos de las narices reanudar la marcha. Además en muchas ocasiones sin mirar y sin percatarse del riesgo cierto que ponen a los otros conductores. Que se lean bien el código y sino que vuelvan a la autoescuela, que a muchos les hace falta, a ver si se quitan esa cara de vinagre y de superioridad que tienen.

    • EMTMadrid 26 junio, 2020 a las 10:21 Responder

      Es una campaña para recordar que un modo colectivo de transporte siempre debe tener prioridad.

  21. Darío 13 junio, 2022 a las 7:42 Responder

    Jajajaja.
    Es inútil tratar de informar de los beneficios mutuos que tiene que él el transporte colectivo funcione. Que cuánto más rápido y eficiente sea el servicio bus, más personas dejarán su coche en casa y más fluido será el tráfico.
    No se desplazan. Compiten con el resto de usuarios de la vía. Ven enemigos en cada vehículo que circula. En fin, la conclusión que sacó es que los Neardentales no se extinguieron, siguen aquí junto al resto de los Sapiens
    En fin

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